La Cámara en lo Contencioso Administrativo anuló una multa contra la actriz y empresaria Cris Morena por promocionar la venta de entradas para el espectáculo "Chiquititas", en el año 2006 en el teatro Gran Rex, omitiendo consignar con exactitud el precio de las localidades.
Sin embargo, le aplicó otra sanción económica porque no consignó correctamente el nombre de la "razón social" de su empresa en la contratación de la publicidad.
La Sala Tercera de la Cámara, con las firmas de los jueces Jorge Argento y Sergio Fernández, resolvió así una decisión de la Dirección Nacional de Comercio Interior, que multó con diez mil pesos a la firma Cris Morena Group S.A., "a raíz de la publicidad aparecida en la revista Gente" del 1º de agosto de 2006.
"Se realizó una publicidad de venta de entradas para las últimas funciones de vacaciones en el Teatro Gran Rex, 'Chiquititas', Plateas desde $ 50, Superpullman desde $ 45, Pullman desde $ 25, todos los días 15 y 17.30 hs., sin indicar el precio total de contado en dinero en efectivo que debe abonar efectivamente el consumidor, como así tampoco la razón social del oferente ni su domicilio en el país", explicaba la sanción.
Pero el tribunal entendió que "efectivamente se han consignado los precios de las distintas categorías de ubicación precedidos de la palabra 'desde'", es decir -según el Diccionario de la Real Academia Española- una "preposición que denota el punto, en tiempo o lugar, de que procede, se origina o ha de empezar a contarse una cosa un hecho o una distancia".
"Teniendo en cuenta que el valor de la entrada publicada para cada tipo de categoría era el más económico por debajo del cual no existía ninguna ubicación dentro de la categoría ofrecida, corresponde absolver a la encartada respecto de la infracción referida, pues ningún consumidor puede ser confundido con la publicación bajo análisis", opinaron los jueces al anular la multa.
La Sala Tercera de la Cámara, con las firmas de los jueces Jorge Argento y Sergio Fernández, resolvió así una decisión de la Dirección Nacional de Comercio Interior, que multó con diez mil pesos a la firma Cris Morena Group S.A., "a raíz de la publicidad aparecida en la revista Gente" del 1º de agosto de 2006.
"Se realizó una publicidad de venta de entradas para las últimas funciones de vacaciones en el Teatro Gran Rex, 'Chiquititas', Plateas desde $ 50, Superpullman desde $ 45, Pullman desde $ 25, todos los días 15 y 17.30 hs., sin indicar el precio total de contado en dinero en efectivo que debe abonar efectivamente el consumidor, como así tampoco la razón social del oferente ni su domicilio en el país", explicaba la sanción.
Pero el tribunal entendió que "efectivamente se han consignado los precios de las distintas categorías de ubicación precedidos de la palabra 'desde'", es decir -según el Diccionario de la Real Academia Española- una "preposición que denota el punto, en tiempo o lugar, de que procede, se origina o ha de empezar a contarse una cosa un hecho o una distancia".
"Teniendo en cuenta que el valor de la entrada publicada para cada tipo de categoría era el más económico por debajo del cual no existía ninguna ubicación dentro de la categoría ofrecida, corresponde absolver a la encartada respecto de la infracción referida, pues ningún consumidor puede ser confundido con la publicación bajo análisis", opinaron los jueces al anular la multa.
No obstante, la Cámara confirmó otra multa, por 5.000 pesos, por "omisión de indicación de la razón social y el domicilio" de la firma de Cris Morena.
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